|
|
|
|
| |
 |
 |
| |
|
GASÓLEO
PARA CALEFACCIÓN Y USO AGRÍCOLA :: CARACTERÍSTICAS
TÉCNICAS
|
Las especificaciones para los gasóleos de calefacción
(clase C) son las que se relacionan en la siguiente TABLA.
El contenido máximo de azufre del gasóleo de calefacción
(clase C) se regirá por lo siguiente:
-
A partir del 1 de enero de 2008, el contenido
de azufre no superará el 0,10 por cien en masa.
-
No obstante lo dispuesto en el TABLA y en
el párrafo anterior, el Ministerio de Economía,
previo informe del Ministerio de Medio Ambiente,
podrá autorizar la utilización de dichos gasóleos
con un contenido en azufre entre el 0,10 por
cien en masa y el 0,20 por cien en masa, previa
solicitud razonada de los interesados, y siempre
y cuando se respeten las normas de calidad
del aire en cuanto a SO2 y las emisiones producidas
por dicha utilización no contribuyan a la
superación de las cargas críticas. Dicha autorización
deberá hacerse pública y ser comunicada a
la Comisión Europea con 12 meses de antelación
y no tendrá validez después del 1 de enero
de 2013. Se proporcionará a la Comisión Europea
suficiente información para que ésta pueda
comprobar si se cumplen los criterios mencionados
anteriormente.
|
|
|
|