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GASÓLEO PARA CALEFACCIÓN Y USO AGRÍCOLA :: CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS

Las especificaciones para los gasóleos de calefacción (clase C) son las que se relacionan en la siguiente TABLA.

El contenido máximo de azufre del gasóleo de calefacción (clase C) se regirá por lo siguiente:
  • A partir del 1 de enero de 2008, el contenido de azufre no superará el 0,10 por cien en masa.

  • No obstante lo dispuesto en el TABLA y en el párrafo anterior, el Ministerio de Economía, previo informe del Ministerio de Medio Ambiente, podrá autorizar la utilización de dichos gasóleos con un contenido en azufre entre el 0,10 por cien en masa y el 0,20 por cien en masa, previa solicitud razonada de los interesados, y siempre y cuando se respeten las normas de calidad del aire en cuanto a SO2 y las emisiones producidas por dicha utilización no contribuyan a la superación de las cargas críticas. Dicha autorización deberá hacerse pública y ser comunicada a la Comisión Europea con 12 meses de antelación y no tendrá validez después del 1 de enero de 2013. Se proporcionará a la Comisión Europea suficiente información para que ésta pueda comprobar si se cumplen los criterios mencionados anteriormente.

 
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